Micelio
Auto29 de noviembre de 2017

A- de 2017

Ponente Cristina Pardo Schlesinger

Demandante Maria Del Carmen Gonzalez Gallego·Demandado Capital Salud Eps-S

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Conflicto De Competencia Aparente
  • Inobservancia de reglas de reparto y trámite de la acción de tutela
Superior Funcional
  • Debe asumir diligentemente las funciones que le corresponden y decidir la impugnación presentada
2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado Segundo Penal Especializado de Conocimiento de Bogotá y el Juzgado Veintidós Penal del Circuito de la misma ciudad.

Considera la Corte que el juzgado Penal Especializado respetó y acató lo dispuesto en el Decreto 2591 de 1991 al remitir el expediente a la oficina de reparto, tras considerar que quien debía conocer de la impugnación presentada era el superior jerárquico funcional del Juzgado Setenta y Seis Penal Municipal con Función de Control de Garantías de Bogotá.

Consecuentemente concluye la Sala que la autoridad que debe fungir como segunda instancia de la acción de tutela de la referencia es el Juzgado Veintidós Penal del Circuito de Bogotá, al que decide remitirle el expediente para que de manera inmediata adopte la decisión de fondo que corresponda.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. Primero. DEJAR SIN EFECTOS el auto del 1o de noviembre de 2017 proferido por el Juzgado Veintidos Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Bogota, dentro de la accion de tutela instaurada por la senora Maria del Carmen Gonzalez Gallegos contra Capital Salud EPS-S.
  2. Segundo. REMITIR el expediente ICC-3086 al Juzgado Veintidos Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Bogota que contiene la accion de tutela presentada por la senora Maria del Carmen Gonzalez Gallegos para que, de manera inmediata, desate la impugnacion presentada.
  3. Tercero. Por la Secretaria General de la Corte Constitucional, COMUNICAR a las partes y al Juzgado
  4. Segundo. Penal Especializado de Conocimiento de Bogota, la decision adoptada en esta providencia.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.